sábado, 1 de diciembre de 2012

Venezuela: Cabello sería Presidente en caso de falta absoluta de Chávez



El abogado constitucionalista y docente de la Universidad Central de Venezuela Jorge Pabón afirmó que si se produce una ausencia absoluta del presidente de la República, Hugo Chávez, antes del 10 de enero, le correspondería al presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, asumir la Presidencia, hasta que se convoque a elecciones los 30 días siguientes. 
El actual vicepresidente ejecutivo, Nicolás Maduro, sólo podría suplir al mandatario hasta el 10 de enero, cuando vence el período constitucional, pues fue designado como segundo al mando en el anterior período.
“Si se produce la falta absoluta antes de la toma de posesión el 10 de enero, cuando comienza el nuevo período constitucional, se deben realizar elecciones a los 30 días siguientes. El vicepresidente sólo puede gobernar hasta el 10 de enero, porque también vence su período, ya que fue nombrado para el período 2006-2012. Si la falta absoluta ocurre cuando el mandatario está en ejercicio en los primeros cuatro años, asume el vicepresidente y debe convocar a elecciones”, explicó.
Dejó en claro que, como el presidente electo y el presidente en ejercicio son la misma persona, puede presentarse cierta confusión entre lo que rige en cada tiempo de mandato.
Sostuvo que la Asamblea Nacional le aprobó al mandatario un permiso indefinido, lo cual viola la Constitución, pues no se establece cuánto tiempo pasará Chávez fuera del país. Insistió en que, aunque el permiso dure menos de 90 días, de igual modo se tenía que informar de cuánto tiempo se trataba.
“No está dentro de la naturaleza de la Constitución la posibilidad de otorgar un permiso por tiempo indefinido”, dijo. 
Añadió que no tiene sentido impugnar el permiso otorgado por la Asamblea, aunque sea inconstitucional, pues queda sobreentendido que le darán el mayor tiempo posible y que de ser necesario será prorrogado

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